Pico y Placa de 15 horas diarias para vehículos particulares
Pico y Placa de 15 horas diarias para vehículos particulares

Pico y Placa de 15 horas diarias para vehículos particulares

30 diciembre, 2021
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La restricción de movilidad por Pico y Placa en Bogotá operará desde las 6:00 a.m. hasta las 9:00 p.m. los días hábiles de acuerdo con el último dígito de la placa.

El caos vehicular que se avecina en Bogotá es de grandes magnitudes, pues al actual trancón, se sumaran cierres viales y reducciones de carriles, ocasionados por 500 nuevos frentes de obra, por la construcción del Metro, troncales de Transmilenio y adecuación de vías.

Para tratar de mitigar un poco lo que se avecina, la alcaldía de Bogotá hizo cambios al Pico y Placa para vehículos particulares, ampliando el horario de restricción a la circulación, que irá desde las 6 a.m. hasta las 9 p.m. de lunes a viernes los días hábiles, iniciando el 11 de enero de 2022.

La restricción operará los días pares para los vehículos con placas finalizadas en 0, 2, 4, 6 y 8, y en días impares para los vehículos cuyas placas finalicen en 1, 3, 5, 7 y 9. Con esta medida, el 50 % del parque automotor particular matriculado en Bogotá saldrá de circulación en los horarios de la restricción. Esto equivale a unos 950.000 vehículos.

Sigue el Pico y Placa Solidario

El Pico y Placa Solidario permite a los ciudadanos que deban transitar con sus vehículos en los horarios y días de la restricción, solicitar permisos de circulación por un día, un mes o un semestre, con tarifas diferenciales dependiendo de las características del vehículo, del avalúo y del municipio donde está registrado.

Durante 2021, fueron otorgados 34.718 permisos de Pico y Placa Solidario, de los cuales 7.474 se encuentran activos. Por este tipo de permiso se recaudaron 26.000 millones de pesos.

Para obtener el permiso de circulación con Pico y Placa Solidario se requiere que el vehículo tenga su documentación al día (SOAT, revisión técnico-mecánica vigente si aplica) y que la persona propietaria esté a paz y salvo por concepto de multas por infracciones de tránsito.

El carro compartido también permite circular en Pico y Placa

Compartir el carro es otra de las alternativas que tienen quienes deban circular en los horarios de Pico y Placa en Bogotá. Esta excepción permite que un carro que transporte a tres o más ocupantes pueda circular durante los horarios en los que tenga la restricción a la circulación.

Para la exención por carro compartido se deben registrar los viajes en la plataforma https://www.movilidadbogota.gov.co/web/registro_restriccion_vehicular y el vehículo siempre debe circular, desde el origen hasta el destino, con tres o más ocupantes durante el recorrido registrado para el cual es válida la exención. Los registros de los viajes se deben hacer cada semana.

A la fecha se han registrado en promedio 41.000 vehículos registrados por semana, los cuales han permitido la reducción de 196.000 viajes en carro particular a la semana.

Sanciones por incumplimiento del Pico y Placa

Las sanciones por el incumplimiento de la medida de Pico y Placa están estipuladas en el Código Nacional de Tránsito para la infracción C.14: “Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente. Además, el vehículo será inmovilizado”.

La multa equivale en 2021 a $447.000, la cual será ajustada a valores de 2022 el próximo 1 de enero.

Excepciones al Pico y Placa en días hábiles

Los vehículos exceptuados de la medida de Pico y Placa en Bogotá son:

  1. Vehículos eléctricos, híbridos y de cero emisiones contaminantes
  2. Caravana presidencial
  3. Vehículos de servicio diplomático o consular
  4. Carrozas fúnebres
  5. Vehículos de organismos de seguridad del Estado
  6. Vehículos de emergencia
  7. Vehículos utilizados para el transporte de personas en condición de discapacidad
  8. Vehículos de empresas de servicios públicos domiciliarios
  9. Vehículos destinados al control de tráfico y grúas
  10. Vehículos de control de emisiones y vertimientos
  11. Motocicletas
  12. Vehículos asignados por la Unidad Nacional de Protección
  13. Vehículos de medios de comunicación
  14. Vehículos de autoridades judiciales
  15. Vehículos de transporte escolar propiedad de instituciones educativas
  16. Vehículos tipo automóvil, campero o camioneta destinados a la enseñanza automovilística
  17. Vehículos con 3 o más ocupantes

La excepción para el personal de la salud estará vigente hasta cuando lo esté la emergencia sanitaria decretada por el Gobierno Nacional.

Para la medida de Pico y Placa en retorno de puentes festivos en el ingreso a Bogotá, NO aplican las excepciones por 3 o más ocupantes, por vehículos de personal médico y tampoco aplica la excepción de «Pico y Placa Solidario».

 

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